miércoles, 7 de marzo de 2012

Importante extracto Manual de Convivencia Escolar


Estimados Apoderados, visitando el colegio pude presenciar como niños pequeños y grandes juegan en los pasillos y patio del colegio con consolas de PlayStation, Ipods, teléfonos celulares y obviamente los más grandes con mp4. Ante esto quiero incluir un extracto del manual de convivencia escolar del colegio para vuestro análisis y conversación con los alumnos.
Dice lo siguiente:

Artículo 8°: De sustancias y objetos Prohibidos.
-Se prohíbe usar o portar dentro del Colegio Objetos como:
*Note book, Radios, discman, mp3, mp4, ipod, celulares, planchas o
Alisadores de pelo, juegos electrónicos de cualquier tipo.
*Los objetos no autorizados serán solicitados al (la) alumno (a) que infrinja
las normas de convivencia escolar, es decir, que sea sorprendido(a) utilizando este objeto, con fines que no benefician su aprendizaje ni el de sus compañeros(as), durante el desarrollo de cualquier clase, quedando resguardado en Inspectoría General, hasta el retiro de este por el Apoderado oficial del alumno. De incurrir en falta, por segunda vez, el objeto en cuestión quedará en Inspectoría General, hasta finalizado el año escolar. No será devuelto al alumno o alumna, bajo ninguna circunstancia.

El portar los elementos anteriormente mencionados, exime de toda responsabilidad al Colegio, ante la pérdida de ellos.

Respecto al uso de celular, podrá ser autorizado, solo cuando el Apoderado lo solicite personalmente, e indique las razones para que esto suceda. Si, aún así, el alumno o alumna es sorprendido(a) dándole otro uso al ya
determinado, como por ejemplo: jugar, hacer llamadas, activar ruidos molestos para compañeros(as) y profesores, grabar clases, tomar fotos de éstas sin autorización del profesor o profesora que las imparte, se procederá a dar cumplimiento al reglamento establecido. Ser sancionado por esta causa en, a lo menos, dos oportunidades, indica que no hay cambio de conducta significativo, por lo cual, además de la debida constancia en el Libro de Clases, se procederá a citar al Apoderado, advirtiendo de la próxima suspensión, de incurrir nuevamente en la falta.

-Se prohíbe ingresar, y por ende, consumir dentro del colegio, elementos
como:
*Cigarrillos, licores, y todo tipo de sustancias ilícitas (drogas), en
general.
-Se prohíbe ingresar al Colegio toda clase de objetos como:
*Armas de fuego, armas corto punzantes, tóxicos, explosivos,
pornografía de cualquier tipo.
El portar los elementos anteriormente mencionados, exime de toda
responsabilidad al Colegio, ante la pérdida de ellos..

Incumplimiento en el ingreso de sustancias y objetos prohibidos al
colegio.
*Si el (la) alumno (a) ingresa o usa dentro del Colegio, alguno de estos
objetos no autorizados:
Este será retenido por Inspectoría General, en forma preventiva, siendo
devuelto solo al Apoderado. Quedando registro en Hoja de Vida, como falta
grave. Si el objeto o la sustancia. Es utilizado(a), ya sea para amedrentar a algún(a) compañero(a), o atentar contra su integridad física, procede,
inmediatamente, citación al Apoderado, suspensión por 2 días y Condicionalidad Extrema, y evaluación de posible cancelación de matrícula

*Ante el porte de cigarrillos, licores, sustancias ilícitas, objetos corto
punzantes, armas o explosivos,
Inspectoría General, requisará el objeto
preventivamente, registrará la conducta en la Hoja de Vida del alumno y citará al Apoderado, para acordar medidas disciplinarias correspondientes, que pueden ir desde falta grave, la que conduce irrevocablemente a una
Condicionalidad Extrema, conllevando una cancelación de matrícula para el
año siguiente, hasta solicitud de cambio de ambiente escolar, durante el semestre que se curse.
La nueva Ley Procesal Penal Juvenil obliga a las autoridades del Colegio a
informar a Carabineros de Chile si se sorprende a un (unos) alumno (a)
portando armas o explosivos, o traficando drogas o estupefacientes.
NOTA: el uso de cuchillos cartoneros, u otros similares, puede ser solicitado por los profesores y, ser utilizados exclusivamente bajo la supervisión de ellos. El alumno que los use con otros fines, no pedagógicos, será sancionado con anotación al Libro de Clases y citación al Apoderado. Si llegara a causar algún daño físico, procede suspensión.

Saludos a todos
Valentín Cano G.

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